¿Cuál es el Plazo de Devolución de la Fianza en el Alquiler de un Inmueble?

01-07-2024

En Blanco Asesores, tu asesoría fiscal y laboral en Benidorm, entendemos que uno de los principales conflictos en los contratos de alquiler de inmuebles es el pago y la devolución de la fianza. La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) no establece un plazo concreto para la devolución de la fianza al finalizar un alquiler, pero sí proporciona algunas pautas importantes. A continuación, te explicamos todo lo que necesitas saber sobre este tema.



¿Qué es la Fianza y Cuánto se Debe Pagar?

La fianza es una garantía a favor del propietario, que el inquilino debe depositar en efectivo al formalizar el contrato de alquiler. Es un requisito obligatorio según el artículo 36 de la LAU. La cantidad que se debe entregar como fianza es equivalente a una mensualidad de alquiler para viviendas y dos mensualidades para arrendamientos de usos distintos a viviendas, como locales comerciales.



Depósito de la Fianza en la Comunidad Autónoma

El propietario está obligado a depositar la fianza en la comunidad autónoma correspondiente. No hacerlo puede resultar en sanciones reguladas por cada comunidad autónoma. Además de la fianza en efectivo, las partes pueden acordar garantías adicionales para asegurar el cumplimiento de las obligaciones del arrendatario, aunque para contratos de vivienda de hasta cinco años (o siete si el propietario es una persona jurídica), esta garantía adicional no puede exceder dos mensualidades de alquiler.



Actualización de la Fianza

Durante los primeros cinco años (o siete si el propietario es una persona jurídica), la fianza no se actualiza. En cada prórroga del contrato, el propietario puede exigir un incremento o el inquilino puede solicitar una disminución de la fianza para ajustarla a una o dos mensualidades de alquiler, según corresponda. En contratos que superen estos plazos, la actualización de la fianza se rige por los acuerdos entre las partes.



Plazo de Devolución de la Fianza

Aunque la LAU no especifica un plazo exacto para la devolución de la fianza, se entiende que el propietario tiene un mes desde la entrega de las llaves para realizar la devolución. El artículo 36.4 de la LAU establece que el saldo de la fianza en efectivo que deba ser devuelto al arrendatario generará intereses legales si no se ha devuelto en el plazo de un mes tras la entrega de las llaves.



¿Es Obligatorio que el Propietario Devuelva la Fianza en un Mes?

La mayoría de los tribunales consideran que el propietario tiene un mes para devolver la fianza, y el inquilino no puede reclamarla antes de ese plazo. Sin embargo, algunos tribunales minoritarios creen que la fianza debe devolverse al finalizar el contrato y que, después de un mes, el propietario incurre en mora. Esto le da al propietario un mes para verificar el estado del inmueble, comprobar pagos y reclamar posibles desperfectos.
Es crucial que el propietario documente la entrega de las llaves y cualquier reclamación por daños para evitar conflictos anticipados con el inquilino.



Conclusión

En Blanco Asesores, estamos aquí para ayudarte con todas tus necesidades relacionadas con el alquiler de inmuebles, incluyendo la gestión y devolución de fianzas. Nuestro equipo de expertos en Benidorm se asegura de que cumplas con todas las normativas vigentes y te proporciona el mejor asesoramiento posible. Si tienes dudas o necesitas asistencia, no dudes en contactarnos.
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