01-11-2023
Ganar en la lotería es el sueño de muchos españoles, sobre todo cuando nos acercamos a fechas tan señaladas como el Sorteo Extraordinario de Navidad.
Pero, más allá de la alegría inicial, surge una pregunta crucial: ¿cómo tributan estos premios? En esta guía, abordaremos las
claves y detalles de su fiscalidad.
La fiscalidad de la lotería en España ha visto cambios a lo largo de los años. En 2013 se estableció un gravamen especial para los premios,
reflejado en la DA 33ª de la Ley 35/2006. Este cambio legislativo tenía como objetivo equilibrar el sistema tributario, garantizando que aquellos
con grandes ganancias contribuyeran equitativamente al sistema fiscal.
En este contexto, es importante distinguir entre dos categorías de premios:
Premios de loterías procedentes de entidades no lucrativas y organismos públicos dentro de la EEE o UE.
Premios otorgados por organizaciones nacionales, como Loterías y Apuestas del Estado, Comunidades Autónomas, ONCE y Cruz Roja.
Si tu premio no se enmarca en estas categorías, se considerará como ganancia patrimonial. Esto implica que, en lugar de someterse a un régimen fiscal especial, el monto se incorporará en tu declaración del IRPF.
Uno de los aspectos más interesantes y, en cierta medida, alentadores, es la existencia de un umbral exento de tributación. En la actualidad, este límite se sitúa en 40.000 euros. En términos prácticos, si tu premio no supera esa cantidad, estás libre del gravamen especial. Sin embargo, si la cifra es mayor, solo tributarás por el monto que exceda esos 40,000 euros. Es interesante observar cómo este límite ha evolucionado con el tiempo: en 2019, la cifra exenta fue de 20.000 euros; en 2018, de 10.000 euros; y antes de 2018, era tan solo de 2.500 euros.
La declaración fiscal puede parecer un terreno complejo, pero con la información adecuada, el proceso se simplifica:
Base Imponible: Esta es la cantidad sobre la que se calcula el impuesto. Se determina tomando el total del premio y restando los 40.000 euros exentos.
Cuota Íntegra: A la base imponible se le aplica un porcentaje fijo del 20%. Sin embargo, es posible deducir cualquier retención previa,
según la normativa de la Ley 35/2006.
Premios en especie: Si tu premio no es monetario sino, por ejemplo, un coche o un viaje, el valor de mercado del bien o servicio determinará la
base imponible. Luego, se descontarán los 40.000 euros exentos para calcular el monto tributable.
Una práctica común es compartir billetes de lotería entre amigos, familiares o compañeros de trabajo. En estos casos, el premio se prorratea entre
los beneficiarios según su aportación. Así, cada persona tributará por la porción que le corresponda.
Más allá de la simple retención del impuesto, las entidades pagadoras tienen una serie de responsabilidades. Por un lado, deben identificar a los ganadores en situaciones donde el premio es compartido. Además, según el tipo de premio, estas entidades deberán presentar uno de dos modelos fiscales: el 136 o el 230.
Ganar en la lotería es, sin duda, un momento emocionante y potencialmente transformador. Sin embargo, es fundamental entender las responsabilidades
fiscales que vienen con el premio. Una asesoría fiscal experta puede ser tu mejor aliada en este proceso, garantizando que cumplas con todas tus
obligaciones y aproveches las posibles ventajas. En Blanco Asesores, contamos con un equipo de profesionales que te guiarán en cada paso.
¡Contacta con nosotros y deja que te ayudemos a navegar por las complejidades de la fiscalidad española!