El TJUE Sentencia la Aplicación de Normas de Despido Colectivo en Caso de Jubilación del Empresario

02-08-2024

En Blanco Asesores, siempre estamos al tanto de las novedades legales que pueden afectar a nuestros clientes. Recientemente, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) emitió una importante sentencia que afecta a los procedimientos de despido colectivo en caso de jubilación del empresario. La sentencia, dictada el 11 de julio de 2024 en el asunto C-196/23, establece que la normativa sobre despidos colectivos de la Directiva 98/59/CE también se aplica cuando un empresario se jubila, siempre que se alcancen los umbrales de despidos previstos.



El Caso: Jubilación del Empresario y Extinción de Contratos

El caso que dio lugar a esta sentencia se refiere a la jubilación de un empresario que resultó en la extinción de 54 contratos de trabajo en sus 8 centros de trabajo. Ocho trabajadoras impugnaron lo que consideraban despidos irregulares, pero su demanda fue inicialmente desestimada. Al recurrir, el tribunal español solicitó al TJUE que aclarara si la normativa española, que excluye la jubilación del empresario del procedimiento de consulta en despidos colectivos, era conforme con la Directiva de la Unión Europea.



La Normativa Española Contraria a la Directiva 98/59/CE

Según la normativa española, no es necesario seguir el procedimiento de consulta con los representantes de los trabajadores en casos de despido colectivo cuando la extinción de los contratos se debe a la jubilación de un empresario persona física. Sin embargo, el TJUE concluyó que esta exclusión es contraria a la Directiva 98/59/CE, cuyo objetivo es garantizar que los despidos colectivos sean precedidos por consultas y por la información a la autoridad pública competente.



Detalles de la Sentencia del TJUE

El TJUE enfatizó que la Directiva se aplica siempre que se alcancen ciertos umbrales de despidos, independientemente del motivo, incluyendo la jubilación del empresario. Estos umbrales son:
Para un período de 30 días: al menos 10 despidos en centros con entre 20 y 100 trabajadores, o al menos el 10% del personal en centros con entre 100 y 300 trabajadores, o al menos 30 despidos en centros con 300 o más trabajadores.
Para un período de 90 días: al menos 20 despidos, independientemente del número de trabajadores en los centros afectados.
El Tribunal también distinguió entre la jubilación y el fallecimiento del empresario, aclarando que, a diferencia de un empresario fallecido, un empresario que se jubila tiene la capacidad de realizar consultas para intentar evitar los despidos o mitigar sus consecuencias.



Implicaciones para las Empresas

Esta sentencia tiene importantes implicaciones para las empresas, especialmente aquellas que se encuentran en proceso de sucesión debido a la jubilación del propietario. Es crucial que las empresas planifiquen y gestionen adecuadamente estos procesos para cumplir con las normativas europeas y evitar posibles sanciones.



Conclusión

En Blanco Asesores, estamos aquí para asesorarte en todas las cuestiones legales que puedan afectar a tu empresa. Si tienes alguna duda o necesitas más información sobre cómo esta sentencia puede impactar tu situación, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.
Confía en Blanco Asesores para mantenerte informado y cumplir con todas las normativas legales aplicables a tu negocio. ¡Estamos a tu disposición!

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